Un tribunal y un fraude

El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela en el exilio, también llamado TSJ en el exterior, es el tribunal conformado por 33 magistrados juramentados el 21 de julio de 2017 por la Asamblea Nacional durante la crisis institucional de Venezuela y las protestas de 2017 como reemplazo de los magistrados previos nombrados en 2015. Los magistrados se encuentran residiendo en cuatro países: Panamá, Chile, Colombia y Estados Unidos, y se reúnen cada semana a través de Internet, mientras que las diferentes Salas trabajan a diario en las solicitudes que reciben a través del correo electrónico y de su página web.

El Tribunal Supremo se ampara en la jurisdicción universal y teniendo como referentes los principios de los tribunales de Núremberg, para la antigua Yugoslavia y para Ruanda. La Organización de Estados Americanos, el Parlamento Europeo y la Federación Interamericana de Abogados reconocen la legitimidad del tribunal.

Nacimiento del tribunal fraudulento

El 8 de diciembre de 2015, después de las elecciones parlamentarias de Venezuela, la Asamblea Nacional saliente, de mayoría oficialista, empieza un proceso de designación de nuevos magistrados del Tribunal Supremo de Justicia. Opositores, distintos juristas y la ONG Acceso a la Justicia denunciaron irregularidades en el proceso, incluyendo la violación del periodo de impugnaciones, la falta de respuesta de las mismas y la omisión de la selección definitiva de los postulados.

Posteriormente y a raíz de la crisis institucional de Venezuela de 2017, el Ministerio Público solicitó formalmente anular el nombramiento alegando que dicho proceso estuvo viciado.

Nacimiento del tribunal legítimo

En consecuencia la Asamblea Nacional, ahora de mayoría opositora, el 13 de junio de 2017 juramentó al Comité de Postulaciones Judiciales, presidido por el diputado Carlos Berrizbeitia, para la elección de nuevos magistrados principales del TSJ. El 21 de julio de 2017 la Asamblea Nacional designó a 13 magistrados principales y 21 suplentes; para el 24 de julio, tres magistrados habían sido detenidos y 30 se encontraban en la clandestinidad.

El 23 de agosto de 2017 siete magistrados del tribunal llegaron a Washington DC para reunirse con altos funcionarios de Estados Unidos, incluyendo al vicepresidente Mike Pence, y la Organización de Venezolanos Perseguidos Políticos en el Exilio (Veppex) en Miami dirigida por José Antonio Colina, solicitando un “alivio migratorio” para los venezolanos que huyen de su país por razones políticas. El 24 de agosto el secretario general de la OEA Luis Almagro sostuvo una reunión con magistrados en Washington DC, y el 25 de agosto de 2017 el expresidente colombiano Andrés Pastrana se reunió con los magistrados que se encontraban en Colombia para hablar de la situación de Venezuela.

El 13 de octubre el grupo de magistrados exiliados se instalaron en la sede de la Organización de Estados Americanos en Washington D.C. conformando un nuevo TSJ en el exilio y designando a Miguel Ángel Martín como presidente.​ El 19 de octubre seis magistrados llegaron a Santiago de Chile después de solicitar protección en la embajada chilena en Caracas, y el 12 de noviembre denunciaron el quiebre de la independencia judicial y los derechos humanos en Venezuela ante el Grupo Iberoamericano de la Unión Internacional de Magistrados (UIM) en el marco de la edición número 60 de la reunión anual del organismo organizada por la Asociación Nacional de Magistrados de Chile.

Retomando los poderes del estado

El 1 de diciembre de 2017 el Tribunal ordenó al Poder Público Nacional la ejecución de la sentencia publicada el 25 de octubre, prohibiéndole al poder Ejecutivo, al Legislativo, al Judicial, al Ciudadano y al electoral dictar o ejecutar cualquier acto de reconocimiento de la Asamblea Constituyente con la finalidad de impedir su actuación como poder.

El 11 de enero de 2018 el tribunal decretó la nulidad de las elecciones presidenciales de 2013 después de que el abogado Enrique Aristeguita Gramcko presentara pruebas sobre la presunta inexistencia de condiciones de inelegibilidad de Nicolás Maduro para ser electo y por ejercer el cargo de la presidencia. Aristeguieta argumentó en el recurso que, según el artículo 96, literal b, de la Constitución Política de Colombia, Nicolás Maduro Moros, aún en el supuesto no demostrado de haber nacido en Venezuela, es “colombiano por nacimiento” por ser hijo de madre colombiana y por haberse residenciado en dicho territorio durante su juventud.

El 20 de marzo la Sala Constitucional emitió una sentencia como respuesta a un recurso de interpretación del artículo 350 interpuesto por varias organizaciones de militares retirados, entre ellas el Frente Institucional Militar, la Alianza Militar por Venezuela y la Fundación Orión, exigiéndole a la Fuerza Armada Nacional, junto a jueces, fiscales, funcionarios policiales y militares, a ejecutar acciones contundentes para “frenar la injusticia, la arbitrariedad, el abuso y la conculcación de derechos cometidos por el régimen inconstitucional” de Maduro.”, advirtiendo que todos aquellos militares o componentes de la FAN cuyos actos en el ejercicio del poder público menoscaben los derechos garantizados por la constitución, además de resultar nulos, incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa.

El 7 de mayo el Tribunal Supremo notificó al CNE sobre la suspensión e inhabilitación de Nicolás Maduro para el ejercicio de cargos públicos en una comunicación suscrita por la Sala Plena, instando al poder electoral que impidiese la participación de Maduro en procesos electorales hasta la culminación del proceso judicial en su contra por corrupción en contrataciones con la empresa Odebrecht.​ El 15 de mayo la Sala Electoral del tribunal anuló la convocatoria de las elecciones presidenciales de Venezuela de 2018, declarando nulo decreto 6.361 del 23 de enero de 2018 emanado de la Asamblea Constituyente y la convocatoria realizada por el Consejo Nacional Electoral (CNE), sentenciando que «todo acto dictado por esa agrupación de personas denominada Asamblea Nacional Constituyente es nulo como írrito el acto comicial a destiempo y desconociendo taxativamente lo establecido en el artículo 20 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela».

El 8 de febrero de 2019, bajo el expediente No. SC-2017-003, el Tribunal Supremo anunció la autorización de entrada de una coalición militar internacional que lograse la entrada y protección de la ayuda humanitaria a Venezuela.

Cortesía de la enciclopedia gratis

Resumen

A pesar de ser nombrado “TSJ en Exilio” o autoproclamado el “TSJ Legítimo”, este organo es el Tribunal Supremo de Justicia de la República de Venezuela, el unico que fue elegido por la Asamblea Nacional bajo los mandatos de la Constitución y la Ley Orgánica.

Summary

Despite often being called “Supreme Tribunal in Exile” or this body calling itself the “Legitimate Tribunal”, this body truly and legally is the Supreme Court of Justice of the Republic of Venezuela, the only one that was elected by the National Assembly under the mandates of the Constitution and the Organic Law.